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Extranjería

Arraigo Social en Fuengirola 2026: Guía Actualizada con los Cambios del Nuevo Reglamento

Guía actualizada 2026 para obtener el arraigo social en Fuengirola. Nuevos requisitos tras el RD 1155/2024: solo 2 años de permanencia, informe de la Comunidad Autónoma y contrato de trabajo. Consulta gratuita en español y árabe.

2026-03-18 · 8 min

Todo ha Cambiado desde Mayo de 2025

Si llevas tiempo viviendo en Fuengirola en situación irregular y estás pensando en regularizarte, hay una noticia muy importante: el arraigo social ha cambiado de forma sustancial desde el 20 de mayo de 2025. El Real Decreto 1155/2024, que entró en vigor el 20 de mayo de 2025, ha reformado completamente el Reglamento de Extranjería. Uno de los cambios más significativos es que se reduce el requisito general de permanencia continuada en España, que pasa de 3 a 2 años. Si tu información viene de antes de mayo de 2025, está desactualizada. En esta guía te explicamos exactamente cómo funciona el arraigo social bajo el nuevo marco normativo de 2026.

Qué es el Arraigo Social en 2026

El nuevo Reglamento amplía el arraigo social a dos supuestos: con vínculos familiares con residentes legales (cónyuge, pareja registrada, ascendientes o descendientes en primer grado), o sin vínculos, pero con informe de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma. El segundo supuesto es el más utilizado en Fuengirola: personas que llevan años viviendo integradas en la comunidad, que presentan el informe de integración como prueba de su arraigo real.

Los Cambios Más Importantes desde Mayo de 2025

El tiempo de permanencia ha bajado de 3 a 2 años. Este es el cambio más significativo: con dos años de permanencia acreditada puedes presentar tu solicitud. El informe ya no lo emite el Ayuntamiento sino la Comunidad Autónoma. Este cambio genera confusión: el informe de esfuerzo de integración ahora lo emite la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, no los Servicios Sociales del Ayuntamiento. Se mantiene el requisito de medios económicos del 100% del IPREM (630 euros mensuales en 2026). Nueva modalidad de arraigo de segunda oportunidad para personas que hayan perdido su residencia legal en los dos años previos. Estos cambios hacen que el arraigo social sea más accesible que nunca.

Requisitos Completos para el Arraigo Social en 2026

Permanencia continuada de al menos 2 años. Las ausencias no pueden superar 90 días. Se acredita con certificado de empadronamiento histórico, partes médicos, matrículas escolares, extractos bancarios o recibos de suministros. Informe de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma (emitido por la Delegación de la Junta de Andalucía en Málaga) o vínculos familiares documentados. Ausencia de antecedentes penales en España y en países de residencia en los últimos 5 años. Medios económicos del 100% del IPREM mensual (630 euros en 2026). No ser solicitante de protección internacional en el momento de la solicitud. Estos requisitos son más accesibles que los anteriores gracias a la reducción de 3 a 2 años de permanencia.

Documentación Necesaria en 2026

El formulario EX-10 debidamente cumplimentado, que se presenta obligatoriamente de forma telemática. Pasaporte vigente completo con todas las páginas. Certificado de empadronamiento histórico con menos de tres meses de antigüedad. Documentación complementaria de permanencia (contratos de alquiler, recibos, extractos bancarios, partes médicos). Certificado de antecedentes penales de España con menos de tres meses. Certificado de antecedentes penales del país de origen apostillado y traducido al español. Informe de esfuerzo de integración social emitido por la Junta de Andalucía. Documentación de medios económicos (contrato de trabajo, extractos bancarios, etc.). Justificante del pago de la tasa 790 código 052. La documentación es extensa pero todas estas pruebas son necesarias para demostrar el cumplimiento de los requisitos bajo el nuevo Reglamento.

Dónde se Tramita en Fuengirola en 2026

El informe de integración social ahora es de la Comunidad Autónoma. Este cambio es crucial: el informe lo emite la Delegación de la Junta de Andalucía en Málaga, no el Ayuntamiento. Debes contactar con la Delegación Territorial de la Consejería competente para solicitar la valoración de integración social. La solicitud de arraigo se presenta de forma telemática. Puedes presentarla a través de la plataforma Mercurio, presencialmente en la Oficina de Extranjería de Málaga, o mediante representación con un abogado. La Oficina de Extranjería está ubicada en calle Mauricio Moro Pareto número 2, Málaga capital. Este cambio de procedimiento es uno de los errores más frecuentes en 2026: muchas personas todavía buscan el informe en el Ayuntamiento cuando la tramitación correcta es a través de la Junta de Andalucía.

Plazos Reales en 2026

El plazo legal es de tres meses desde la presentación de solicitud completa. En la práctica, la Oficina de Extranjería de Málaga está resolviendo estos expedientes entre el cuarto y séptimo mes para expedientes bien documentados. Si hay un requerimiento de subsanación, el plazo se interrumpe y se reanuda cuando aportes los documentos solicitados, lo que puede alargar el proceso hasta nueve o doce meses. Estos plazos son más cortos que los anteriores gracias a la reducción de 3 a 2 años de permanencia, que simplifica la prueba documental.

Los Errores Más Frecuentes en 2026

El error número uno: seguir tramitando el informe en el Ayuntamiento cuando debe pedirse a la Junta de Andalucía. Esto provoca retrasos importantes. Error número dos: presentar con información de la normativa anterior pensando que se necesitan tres años. Con dos años ya puedes hacerlo. Error número tres: no apostillar el certificado de antecedentes del país de origen. Esto rechaza automáticamente el expediente. Error número cuatro: presentar certificados de empadronamiento o antecedentes penales con más de tres meses de antigüedad. Error número cinco: no incluir documentación sobre medios económicos del 100% del IPREM. Error número seis: no gestionar adecuadamente la documentación complementaria de permanencia. Estos errores se evitan con asesoría especializada.

Arraigo Social versus Arraigo Sociolaboral en 2026

Con la reforma del RD 1155/2024, el arraigo sociolaboral sustituye al arraigo laboral con requisitos más flexibles. Si tienes dos años de permanencia y un contrato de trabajo de mínimo 20 horas semanales, el arraigo sociolaboral puede ser más rápido que el arraigo social porque no requiere el informe de integración. Si tienes dos años de permanencia pero no tienes contrato de trabajo, el arraigo social con informe de integración es tu vía. En Hispanar analizamos tu caso de forma gratuita y te recomendamos cuál de las dos vías es más adecuada para ti.

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