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Arraigo socioformativo

El arraigo socioformativo permite regularizar la situación cuando existe permanencia continuada en España y un proyecto formativo válido encajado en la normativa vigente.

Resumen

La información oficial sobre los nuevos arraigos mantiene que esta vía exige al menos dos años de permanencia continuada en España y que la formación elegida encaje en las opciones admitidas por la norma.

Entre las formaciones válidas aparecen, según las instrucciones oficiales, enseñanzas de formación profesional, educación permanente de adultos, formación promovida por los servicios públicos de empleo o microcredenciales universitarias en los supuestos previstos.

Requisitos

  • Acreditar al menos dos años de permanencia continuada en España.
  • Carecer de antecedentes penales relevantes y cumplir los requisitos generales de extranjería aplicables a las autorizaciones excepcionales.
  • Estar matriculado o comprometido con una formación admitida oficialmente según la modalidad concreta.

Documentación habitual

  • Pasaporte en vigor y prueba de permanencia continuada en España durante dos años.
  • Matrícula, preinscripción, compromiso o documentación oficial del curso o itinerario formativo.
  • Certificados personales y justificantes adicionales que exija la modalidad concreta.

Proceso

01

Encaje

Revisamos si tu permanencia y tu proyecto formativo encajan de verdad en esta vía.

02

Prueba

Ordenamos permanencia, curso y documentos personales antes de presentar.

03

Solicitud

Presentamos la solicitud y controlamos cualquier requerimiento o acreditación complementaria.

04

Siguiente fase

Te acompañamos en las obligaciones posteriores ligadas a la formación y al mantenimiento de la autorización.

FAQ

Preguntas frecuentes

Hispamar

Revisemos tu arraigo socioformativo

Comprobamos permanencia, curso y requisitos reales antes de iniciar el expediente.

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