Certificado de registro de la Unión Europea
Los ciudadanos de la UE, EEE y Suiza que vayan a residir en España más de tres meses deben solicitar personalmente su certificado de registro.
Resumen
La Policía Nacional exige que el ciudadano comunitario solicite personalmente el certificado de registro dentro de los tres meses siguientes a la entrada en España cuando su residencia vaya a superar ese plazo.
La documentación varía según el perfil: trabajador por cuenta ajena, autónomo, persona con recursos y seguro, o estudiante matriculado con cobertura sanitaria y medios suficientes.
Requisitos
- Ser ciudadano de la Unión Europea, del EEE o de Suiza y prever una residencia en España superior a tres meses.
- Solicitar el certificado personalmente.
- Acreditar empleo, actividad por cuenta propia, recursos y seguro médico, o matrícula como estudiante con medios suficientes.
Documentación habitual
- Formulario EX-18, documento de identidad o pasaporte en vigor y justificante de la tasa 790 código 012.
- Contrato, alta en Seguridad Social, inscripción censal o documentación de actividad si se trabaja en España.
- Prueba de recursos suficientes y seguro médico, o matrícula y seguro si se trata de un estudiante.
Proceso
01
Comprobación
Revisamos tu perfil comunitario y determinamos qué bloque documental exige la Policía.
02
Preparación
Preparamos EX-18, tasa y justificantes de recursos, empleo o estudios.
03
Cita
Te indicamos cómo acudir a la cita policial con el expediente completo y ordenado.
04
Cierre
Controlamos incidencias y te acompañamos si aparece un requerimiento o una corrección documental.
FAQ
Preguntas frecuentes
Hispamar
Preparemos tu certificado de registro UE
Revisamos la cita, la tasa y la prueba exacta que exige tu perfil antes de acudir a Policía.
