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Protección internacional

La protección internacional ampara a personas que necesitan refugio en España por persecución, conflicto grave o riesgo real de sufrir daños graves.

Resumen

La Oficina de Asilo y Refugio distingue entre estatuto de refugiado y protección subsidiaria. El punto central del expediente es explicar con precisión por qué regresar al país de origen supondría un riesgo real.

La información oficial recuerda además el derecho a intérprete y asistencia letrada, y que la entrevista personal es una pieza decisiva del procedimiento.

Requisitos

  • Existencia de persecución individual, conflicto grave o riesgo real de daños graves en caso de retorno.
  • Relato personal coherente y suficientemente detallado.
  • Identificación y documentación disponible, aunque el caso puede iniciarse aun cuando falten algunos documentos que deban explicarse.

Documentación habitual

  • Pasaporte o documento de identidad disponible, si existe.
  • Relato cronológico de hechos, denuncias, resoluciones, amenazas, informes o cualquier prueba relevante del riesgo.
  • Documentación familiar, médica o social que ayude a explicar la vulnerabilidad o la situación concreta.

Proceso

01

Escucha

Analizamos tu historia, el país de origen y la vía más adecuada para pedir protección.

02

Preparación

Ordenamos la cronología, la prueba disponible y los puntos sensibles para la entrevista.

03

Solicitud

Te orientamos en la cita y en la documentación que debe acompañar la solicitud.

04

Seguimiento

Revisamos incidencias y la evolución del procedimiento después de la entrevista.

FAQ

Preguntas frecuentes

Hispamar

Preparemos tu solicitud de protección internacional

Trabajamos tu relato, la prueba disponible y la preparación de la entrevista antes de iniciar el expediente.

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