Protección internacional
La protección internacional ampara a personas que necesitan refugio en España por persecución, conflicto grave o riesgo real de sufrir daños graves.
Resumen
La Oficina de Asilo y Refugio distingue entre estatuto de refugiado y protección subsidiaria. El punto central del expediente es explicar con precisión por qué regresar al país de origen supondría un riesgo real.
La información oficial recuerda además el derecho a intérprete y asistencia letrada, y que la entrevista personal es una pieza decisiva del procedimiento.
Requisitos
- Existencia de persecución individual, conflicto grave o riesgo real de daños graves en caso de retorno.
- Relato personal coherente y suficientemente detallado.
- Identificación y documentación disponible, aunque el caso puede iniciarse aun cuando falten algunos documentos que deban explicarse.
Documentación habitual
- Pasaporte o documento de identidad disponible, si existe.
- Relato cronológico de hechos, denuncias, resoluciones, amenazas, informes o cualquier prueba relevante del riesgo.
- Documentación familiar, médica o social que ayude a explicar la vulnerabilidad o la situación concreta.
Proceso
01
Escucha
Analizamos tu historia, el país de origen y la vía más adecuada para pedir protección.
02
Preparación
Ordenamos la cronología, la prueba disponible y los puntos sensibles para la entrevista.
03
Solicitud
Te orientamos en la cita y en la documentación que debe acompañar la solicitud.
04
Seguimiento
Revisamos incidencias y la evolución del procedimiento después de la entrevista.
FAQ
Preguntas frecuentes
Hispamar
Preparemos tu solicitud de protección internacional
Trabajamos tu relato, la prueba disponible y la preparación de la entrevista antes de iniciar el expediente.
