Residencia larga duración
La residencia de larga duración autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles, cuando se cumplen los requisitos de permanencia legal y continuada.
Resumen
La información oficial exige, con carácter general, cinco años de residencia legal y continuada en España para acceder a la larga duración.
También se revisa con detalle el historial de ausencias. La hoja oficial señala que la continuidad no se rompe por ausencias de hasta seis meses consecutivos, siempre que el total no supere diez meses en cinco años, o dieciocho meses si obedecen a motivos sociolaborales.
Requisitos
- Cinco años de residencia legal y continuada en España, salvo supuestos especiales previstos por la norma.
- Control de ausencias dentro de los límites oficiales aplicables.
- Pasaporte en vigor y expediente documental coherente.
Documentación habitual
- Formulario oficial de larga duración y justificante de la tasa administrativa.
- Pasaporte completo, TIE vigente o resoluciones de residencia anteriores.
- Documentación que permita comprobar años de residencia, ausencias y situación personal.
Proceso
01
Cómputo
Revisamos fechas de tarjetas, resoluciones y ausencias para saber si ya cumples larga duración.
02
Expediente
Preparamos el formulario, la tasa y la prueba documental necesaria para presentar sin lagunas.
03
Presentación
Presentamos la solicitud y controlamos cualquier requerimiento de subsanación.
04
Tarjeta
Te acompañamos en la fase final de huellas y expedición de la tarjeta.
FAQ
Preguntas frecuentes
Hispamar
Revisemos si ya cumples larga duración
Comprobamos años de residencia, ausencias y tarjetas anteriores antes de presentar.
